excedencia voluntaria
20
Ago

EXCEDENCIA VOLUNTARIA. ERE. DERECHO A INDEMNIZACIÓN.

Un trabajador que se encuentra en situación de excedencia voluntaria no tiene derecho a la indemnización por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), ya que, al no estar prestando un servicio en la empresa, el despido no le genera el daño suficiente como para que pueda percibir una compensación económica por el mismo. La finalidad de la indemnización por despido es compensar al trabajador por el daño derivado de la pérdida de su puesto de trabajo y de los medios de vida que su desempeño proporciona. STSJ Andalucía nº 130/2020 Social 15/01/2020