CANTIDADES ABONADAS EN CONCEPTO DE DIETAS
16
Sep

CANTIDADES ABONADAS EN CONCEPTO DE DIETAS. CARGA DE LA PRUEBA. IRPF.

No es al empleado al que corresponde probar la realidad de los desplazamientos y gastos de manutención y estancia a los efectos de su no sujeción al IRPF, sino que la Administración, para su acreditación, deberá dirigirse al empleador en cuanto obligado a acreditar que las cantidades abonadas en concepto de dietas o por aquellos conceptos responden a desplazamientos realizados en determinado día y lugar, por motivo o por razón del desarrollo de la actividad laboral. STS nº 429/2020 Contencioso-Administrativo 18/05/2020.